Ley de Transparencia
10. INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN PÚBLICA
10.2 REGISTRO DE ACTIVOS DE INFORMACIÓN
Libro Relación:
En este libro se anotan las escrituras que se van numerando, en el orden que lo sean, en cinco columnas que consignan los siguientes datos: Fecha del instrumento, número de la escritura, apellidos y nombres de los otorgantes, nombres y apellidos de los comparecientes de la otra parte – cuando se trate de relaciones bilaterales – y la naturaleza del acto o contrato.
El medio de conservación del libro de relación es físico y digital; y se puede consultar en las instalaciones de la notaría.
Enero 2020 – Febrero 2020 – Marzo 2020 – Abril 2020 – Mayo 2020 – Junio 2020 – Julio 2020 – Agosto 2020 – Septiembre 2020 – Octubre 2020
Para mayor información consulte https://www.datos.gov.co/
10.3 INFORMACIÓN CLASIFICADA Y RESERVADA
- Este link lo direcciona al formato de solicitud de información con identidad reservada, dispuesto por la Procuraduría General de la Nación en su página web. ( Formulario de solicitud )
10.4 ESQUEMA DE PUBLICACIÓN DE INFORMACIÓN
Ver sección 2.1 Datos Abiertos
10.8 COSTO DE REPRODUCCIÓN
Haga click aquí para conocer las tarifas
10.9 MECANISMOS PARA PRESENTAR QUEJAS Y RECLAMOS
¿QUE ES UNA PQRS?
Petición: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.
Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones.
Reclamo: Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.
Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad.
Solicitud de acceso a la información pública: Según el artículo 25 de la Ley 1712 de 2014 “es aquella que, de forma oral o escrita, incluida la vía electrónica, puede hacer cualquier persona para acceder a la información pública. Parágrafo En ningún caso podrá ser rechazada la petición por motivos de fundamentación inadecuada o incompleta.”
Para ingresar al formulario electrónico de peticiones, quejas, reclamos y solucitudes haga click aquí.
10.10 INFORME DE PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS, Y SOLICITUDES
Informe de Peticiones, Quejas, Reclamos, Denuncias y Solicitudes, CONTACTO PQRS