Ley de Transparencia

9. TRAMITES Y SERVICIOS 

9.1 TRAMITES Y SERVICIOS
Los trámites que adelanta la Notaría son los siguientes:
  1. Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las Leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.
  2. Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados.
  3. Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros Notarios que las tengan registradas ante ellos.
  4. Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
  5. Acreditar la existencia de las personas naturales y expedir la correspondiente fe de vida.
  6. Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la Ley o el Juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.
  7. Expedir copias o certificaciones según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.
  8. Dar testimonio escrito con fines jurídico – probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
  9. Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la Ley civil deban otorgarse ante ellos.
  10. Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados. (…)
  11.  Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritos en la Ley.
  12.  Las demás funciones que les señalen las Leyes.
  13. Otros trámites como:
    a. Celebración de matrimonios civiles.
    b. Liquidación ante Notario público de herencia y sociedades conyugales.
    c. Cancelación de patrimonio de familia.
    d. Divorcio de matrimonio civil o cesación de efectos civiles de matrimonio religioso.
Lo anterior de conformidad con la normatividad vigente:
  • Decreto Ley 960 de 1970.
  • Decreto Ley 1260 de 1970.
  • Decreto 2668 de 1988.
  • Código General del Proceso.
  • Ley 588 de 2000.
  • Decreto 1069 de 2015.
  • Ley 1996 de 2019.
  • Decreto 902 de 1988.
  • Decreto 019 de 2012.
  • Decreto 4436 de 205.

PROCEDIMIENTOS O PROTOCOLOS DE ATENCIÓN

Debido a la pandemia COVID-19 se han implementado el siguiente protocolo de atención al usuario. Si desea conocer nuestro protocolo de bioseguridad completo por favor haga click aquí
 
GUÍA PARA LA ATENCIÓN DEL USUARIO
 
  •     En la sala de espera habrá una silla de por medio fuera de uso con su debida señalización.
  •  En la sala de espera no debe haber más de cinco personas. Una para cada servicio.
  • El trabajador que se encuentre controlando el ingreso de usuarios a las instalaciones de la Notaría debe usar careta facial y tapabocas, esto con el fin de garantizar la continuidad en el servicio y de esta manera disminuir el riesgo de contagio para los trabajadores y demás personas que se encuentren dentro de la Notaría.
  •  Se establecerá con la señalización respectiva la distancia a al que deben estar las personas que requieran realizar pagos en caja.
  •  El trabajador que se encuentra en caja deberá usar careta facial, tapabocas y hacer continua higiene de manos cada que reciba o entregue dinero.
  • Los trabajadores que se encuentren atendiendo público deben utilizar careta facial, tapabocas y hacer una continua higiene de manos.

  •  Las personas que pasen a cada uno de los servicios deberán permanecer en la distancia que está establecida entre la barra y el trabajador.

  •  Los trabajadores de cada servicio deberán usar careta facial y tapabocas para atender a los usuarios.

  •  Al ingresar cada usuario a las instalaciones se le hará la desinfección de manos y calzado.

  •  Los usuarios solo deberán permanecer en las instalaciones únicamente mientras se les presta el servicio.

  •  Se prohíbe el ingreso de usuarios con gripa u otros síntomas de enfermedades respiratorias. 

  •  Se prohíbe el ingreso de mascotas a las instalaciones de la Notaría.
  •  Igualmente se cuenta con dos pendones informativos para orientación al público sobre el cumplimiento de las normas de seguridad para poder utilizar los servicios de la notaría.
  • Para los usuarios se ha dispuesto un contenedor donde pueden desechar material contaminado (tapabocas, guantes, pañuelos o toallas desechables).
  • Acatamos las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Notariado y Registro respecto de las medidas de higiene a implementar en relación con la atención de usuarios  y el diligenciamiento de la planilla de ingreso
COSTOS DE TRÁMITES NOTARIALES

Los trámites notariales están sujetos a los costos previstos en las siguientes normas:

  • Resolución No. 1299 de 2020. Superintendencia de Notariado y Registro.
  • Resolución No. 1204 de 2020. Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Decreto 1000 del 2015 Ministerio de Justicia y del Derecho.
  • Decreto 2677 del 2012 Ministerio de Justicia y del Derecho.
  • Decreto 2462 del 2015 Minister de Justicia y del Derecho.

¿QUE ES UNA PQRS?

 Petición: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.

 Queja: Es la manifestación de protesta, censura, descontento o inconformidad que formula una persona en relación con una conducta que considera irregular de uno o varios servidores públicos en desarrollo de sus funciones.

 Reclamo: Es el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio o a la falta de atención de una solicitud.

 Sugerencia: Es la manifestación de una idea o propuesta para mejorar el servicio o la gestión de la entidad. 

 Solicitud de acceso a la información pública: Según el artículo 25 de la Ley 1712 de 2014 “es aquella que, de forma oral o escrita, incluida la vía electrónica, puede hacer cualquier persona para acceder a la información pública. Parágrafo En ningún caso podrá ser rechazada la petición por motivos de fundamentación inadecuada o incompleta.”.

Para ingresar al formulario electrónico de peticiones, quejas, reclamos y solucitudes haga click aquí.

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